Federación de la Carne
PLAN CRONICIDAD/IMP/DISCAPACIDAD
04/01/2023
Referente a la resolución 3622/2022
RECETAS-DIGITALES (128 descargas) CRONICIDAD-FOTOS-DE-RECETAS (86 descargas)
Oficial: si
Particular: si
Recetario particular
Las recetas particulares son válidas únicamente en las coberturas de hipoglucemiantes orales y de discapacidad.
Plan materno infantil
Son válidos los siguientes recetarios:
- oficial exclusivo de plan materno infantil (ver modelo).
oficial para todos los planes. Verificar que se encuentre señalado el casillero “plan m.i.” indicando que corresponde el 100% de descuento (ver modelo
30 días corridos
• Credencial Definitiva: si • Provisoria: si • Documento de identidad: si • Psicofarmacos Duplicado: si Fotocopias: no • Aclaración firma medico y nº matricula Con sello: si manuscrito: no • Aclaración cantidad de unidades (cuando supere la unidad) Letras: si números: si • Enmiendas salvadas: Por el médico: si (errores de prescripción) Por el afiliado: si (errores de expendio)
• Limitaciones cantidad: Hasta dos (2) especialidades por receta y hasta una (1) unidad por especialidad. • Excepciones: antibióticos inyectables monodosis: hasta cinco (5) unidades. • Con la leyenda “tratamiento prolongado”: Hasta dos (2) unidades por especialidad. • Limitaciones tamaño Si indica: lo requerido. Si no indica: el menor. Si indica "grande": el inmediato siguiente al menor. Si erra: el inmediato inferior al indicado.
A cargo a cargo cobertura Entidad afiliado sobre
Cronicidad (*) (*1) 50% – 70% 50% – 30% vademecum crónico (*4)
Hipoglucemias orales (*) 70% 30% vademecum crónico (*4)
Discapacidad (*2) 100% 0% manual farmacéutico
Plan materno infantil (*3) 100% 0% vademecum plan materno infantil (*4)
PLAN CRONICIDAD
- Antes de cada expendio la farmacia deberá ingresar a la página web https://cronicos.nutrar.com o bien comunicarse con el centro de seguimiento para pacientes crónicos al 0810-345-nutr (6887) a efectos de solicitar el código de autorización correspondiente para el suministro de los medicamentos prescriptos, el cual deberán volcar en cada una de las recetas. Este requisito se debe cumplimentar únicamente con los beneficiarios incluidos al plan de cronicidad, no así con los pertenecientes al plan materno infantil.
- Bajo ningún concepto, se reconocerán recetas del plan de cronicidad que no posean el correspondiente código de autorización otorgado por el centro de seguimiento.
- El porcentaje de descuento que se deberá efectuar estará indicado en el vademécum crónico.
PLAN DISCAPACIDAD
- Las recetas se deberán encontrar autorizadas por la obra social con la leyenda “discapacidad 100%” o similar.
PLAN MATERNO INFANTIL
Cobertura: Para la madre: durante el embarazo y hasta un mes después del parto. Para el niño: hasta el 1er. (primer) año de vida.
- 15% Capital
- 10% Interior
- Especialidades excluidas: principios activos, formas farmacéuticas, presentaciones y medicamentos que no figuren en vademécum.





Las facturaciones se deberán presentar en planillas por separado, cada una con su caratulas de la Amara ,conforme el siguiente esquema:
- 50% – cronicidad
- 70% – cronicidad
- 70% – hipoglucemiantes orales
- 100% – discapacidad
- 100% – plan materno infantil
Si posee
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De la Cámara por triplicado con discriminación de planes
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