CPCE – Consejo Profesional de Ciencias Económicas

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Recetario

12/06/2023

Desde el Consejo Profesional de Ciencias Económicas nos informan que aceptarán hasta nuevo aviso recetarios del Sanatorio Allende sin firma y sello en original del Medico Prescriptor. Estos recetarios cuentan esos datos preimpresos.

La normativa respecto de recetarios válidos será la siguiente:

 

3)   REQUISITOS DE LA RECETA
Tipo de Recetario 1.      Ambulatorio:  Oficial numerado, Rp particular con membrete de médico o institución médica/sanatorios , con firma y sello del médico en original y/o recetario electrónico (código de barrras/QR). Recetario Del Sanatorio Allende digital sin firma y sello en original. Deben validarse.
2.       PMI-Hipoglucemiantes Orales: Oficial numerado. Se podrán aceptar Rp particular con membrete de médico o institución médica/sanatorios en original siempre y cuando se adjunte el recetario oficial del plan correspondiente. Deben validarse
3.      Recetas Preimpresas “Crónicos”: Oficial Pre impreso numerado (Tratamientos Crónicos, tienen impreso cantidad, % y  productos, nombre y matrícula del médico) NO deben validarse, deben ser declarados en DDM

 

Asimismo, atento a la cantidad de reclamos por parte de CPCE, les solicitamos recuerden los siguientes puntos:

  1. LOS RECETARIOS OFICIALES DE CPCE DONDE FIGURAN PREIMPRESOS LOS DATOS DE CANTIDAD/MEDICAMENTO/COBERTURA NO DEBEN VALIDARSE, DEBEN CARGARSE EN DDM (LA VALIDACION DE ESTAS RECETAS GENERA A LOS AFILIADOS INCONVENIENTES PARA CONSUMIR OTRAS RECETAS)
  2. LOS ANTICONCEPTIVOS NO DEBEN VALIDARSE, SE DISPENSAN AL 50% Y SOLO SE RECONOCEN LAS MARCAS YASMIN, YASMINELLE Y DIVINA todas x 28 comp.

08/05/2023

El Consejo Profesional de Ciencias Económicas nos informa que generaran nuevos recetarios crónicos.

Siguen vigentes los recetarios crónicos que emiten desde la Obra Social.

Estos nuevos recetarios deberán ser cargados en DDM como los emitidos por la Obra Social, respetando producto, cantidad y % de cobertura preimpresos.

Modelo-de-Credencial-Leyenda-MEDICACION-DE-USO-CRONICO.jpg (14 descargas) Modelo-de-Credencial-Cronico-1.jpg (12 descargas)

28/03/2023

Para CPCE son  válidos los recetarios electrónicos que tiene un cogido de barra u QR.

La receta del Consejo Médico de Córdoba es un recetario electrónico ( VALIDO)

11/03/2023

Se informa que la dispensa y presentación de Recetarios Crónicos (preimpresos) de CPCE vuelve a ser como venían haciéndolo hasta el 28/02/2023.

Las recetas pre impresas de tratamientos crónicos NO deben ser validados pero si cargadas en DDM.

Les solicitamos que pidan a las Farmacias que los recetarios crónicos que dispensaron entre el 01/03 y el 10/03 por favor lo carguen en DDM.

La presentación de las Entidades de estos recetarios va a seguir siendo junto con el resto de la facturación en FLK de acuerdo al cronograma.

Recordamos que los recetarios “Crónicos” no deben validarse, pero es obligatorio cargarlos en DDM, teniendo en cuenta el Producto, cantidad y % de cobertura preimpresos.

01/03/2023

Se informa que los recetarios crónicos emitidos por la Obra Social siguen teniendo validez.

Estas Recetas pre impresas de tratamientos crónicos NO deben ser validados ni cargadas en DDM (como venían haciéndolo) y deben ser presentados por las Farmacias a cada Entidad en un lote separado (ver PUNTO PRESENTACION)

Recordamos que los recetarios “Crónicos” no deben validarse, se dispensan teniendo en cuenta el Producto, cantidad y % de cobertura preimpresos.

12/01/2023

La Obra Social Consejo Profesional de Ciencias Económicas informa el nuevo modelo de recetarios crónicos:

Les recordamos que los recetarios “Crónicos” NO deben validarse, se cargan en DDM, teniendo en cuenta el Producto, cantidad y % de cobertura preimpresos.

Ver imegen de la receta modelo en «Modelo de credencial / Imagen de recetario»

28/12/2022

La Obra Social Consejo Profesional de Ciencias Económicas informa que en función de la Resolución 3622/22 publicada en el Boletín Oficial en el día de ayer que deroga la Resolución 696/20, quedan sin efecto las fotocopias e impresiones de recetas enviadas a los afiliados por medios digitales como ser mail, WhatsApp, etc.

Por lo tanto, a partir del día 1 de enero 2023 los únicos recetarios válidos serán los siguientes:

  • Plan Ambulatorio: pueden recibirse prescripciones en recetarios oficiales de la Obra Social y/o Rp particular con membrete de médico o institución médica/sanatorios en original. Son válidas las recetas realizadas por el médico en computadora con firma y sello del prescriptor en original. Estas recetas deben validarse.
  • En el resto de los planes (PMI, H.O.), solo serán válidos los recetarios oficiales vigentes para cada segmento. Se podrán aceptar Rp particular con membrete de médico o institución médica/sanatorios en original siempre y cuando se adjunte el recetario oficial del plan correspondiente. Deben validarse.
  • Los recetarios “Crónicos” – Recetas Preimpresas –  no deben validarse, se cargan en DDM, teniendo en cuenta el Producto, cantidad y % de cobertura preimpresos.

 

12/12/2022

Tipos de recetarios aceptados por plan:

REQUISITOS DE LA RECETA
Tipo de Recetario 1.      Ambulatorio: Oficial numerado y/o Rp particular con membrete de médico o institución médica/sanatorios (ambos se podrán aceptar en original o copia, a excepción de los psicotrópicos que deberán ser prescriptos en recetarios oficiales o Rp en original por duplicado). En todos los casos deben validarse las recetas.
2.       PMI-Hipoglucemiantes Orales: Oficial numerado. Se podrán aceptar Rp particular con membrete de médico o institución médica/sanatorios (original o copia) siempre y cuando se adjunte el recetario oficial del plan correspondiente. Deben validarse
3.      Recetas Preimpresas “Crónicos”: Oficial Pre impreso numerado (Tratamientos Crónicos, tienen impreso cantidad, % y  productos, nombre y matrícula del médico) NO deben validarse, deben ser declarados en DDM

 

ACLARACION: Los recetarios de Leches para el interior no existen más.

20/04/2022

Tipos de recetarios aceptados por plan:

REQUISITOS DE LA RECETA
Tipo de Recetario 1.      Ambulatorio: Oficial numerado y/o Rp particular con membrete de médico o institución médica/sanatorios (estos últimos se podrán aceptar en original o copia). Deben validarse
2.       PMI-Hipoglucemiantes Orales: Oficial numerado. Se podrán aceptar Rp particular con membrete de médico o institución médica/sanatorios (original o copia) siempre y cuando se adjunte el recetario oficial del plan correspondiente. Deben validarse
3.      Recetas Preimpresas “Crónicos”: Oficial Pre impreso numerado (Tratamientos Crónicos, tienen impreso cantidad, % y  productos, nombre y matrícula del médico) NO deben validarse, deben ser declarados en DDM

 

ACLARACION: Los recetarios de Leches para el interior no existen más.

13/04/2022

“La medicación de USO CRONICO es para ser emitida y adquirida 1 x mes x medicamento. Si el afiliado por algún motivo un mes no fue a retirarlas, puede presentarse a lo sumo con una orden del mes pasado y una de este mes.

Lo máximo para aceptar ordenes de medicamentos (cualquiera de ellas, en blanco, hipoglucemiantes, pedido médicos o crónicas) es de 60 días de la fecha de emisión.

Por lo expresado, la afiliada, por ejemplo, el 09/03/2022 puede presentar ordenes de cualquier tipo con fecha máxima para atrás del 09/01/2022. El resto se encuentra vencida aunque tenga fecha de vencimiento en la orden superior (que en realidad en este caso de crónicos, es la fecha de vencimiento de su INFORME). Espero haber sido clara, sino me avisan. Tengo contacto telefónico seguido con la afiliada que consultan como para ver también el caso y saber que paso”

ACTUALIZACION 23/03/2022

La Obra Social Consejo Profesional de Ciencias Económicas informa que dejan de tener vigencia las recetas enviadas por medios electrónicos.

En el Plan Ambulatorio pueden recibirse prescripciones en recetarios oficiales de la Obra Social o Rp particulares.

 

En el resto de los planes (PMI, H.O., tratamientos crónicos), solo serán válidos los recetarios oficiales vigentes para cada segmento.

 

Recordamos que los recetarios “Crónicos” no deben validarse, se cargan en DDM, teniendo en cuenta el Producto, cantidad y % de cobertura preimpresos. 

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Tipo de Recetario:

  • Oficial numerado según modelos adjuntos (Ambulatorio – PMI -Hipoglucemiantes Orales – Recetas Autorizadas)
  • Oficial Pre impreso numerado (Tratamientos Crónicos, tienen impreso el/los productos y nombre y matrícula del médico)

Validez del recetario:

• Del recetario: 60 (sesenta) días. Los recetarios poseen una fecha de emisión y otra de vencimiento. Las recetas pueden ser utilizadas hasta la fecha de vencimiento indicada en las mismas. La fecha de prescripción del médico y la fecha de dispensa deben encontrarse dentro del rango pre impreso de fechas de las recetas. Para validar se deberá colocar la fecha de emisión del recetario. • De la presentación: 60 (sesenta) días corridos a partir de la fecha de dispensa. Tener en cuenta fechas de presentación del cronograma • De la Re facturación: 30 (treinta) días corridos a partir de haber recibido la liquidación. Aclaración: la validez para la presentación en nuestra entidad es de 45 ( cuarenta y cinco) días corridos a partir de la fecha de venta e incluyendo la misma (corroborar fechas de presentación en Cámara).

Datos a tener en cuenta por la Farmacia:

Pre Impresas • Todos los datos del afiliado (DNI, Nombre y Apellido, Edad, Sexo, Nº Afiliado) están pre impresos.

Prescripción:

Oficiales:

Los siguientes datos deben estar colocados por el médico de puño y letra:

  • Fecha de prescripción.
  • Prescripción de medicamentos por nombre genérico con sugerencia de marca comercial o por marca comercial
  • Cantidad de envases expresada en letras y números.
  • Firma del médico con sello aclaratorio y número de matrícula legible.
  • Diagnóstico: en el caso de que sean prescriptos dos medicamentos diferentes con distinta acción farmacéutica el médico debe colocar el diagnóstico secundario correspondiente a dicha prescripción.

Dispensacion:

La farmacia deberá cumplimentar lo siguiente:

  • Completar los importes unitarios, totales, a cargo del afiliado y CPCE, valores según las publicaciones que se manejan en el mercado farmacéutico ( Kairos o Manual Farmacéutico)
  • Cantidad de unidades entregadas
  • Indicar la fecha de dispensación.
  • Adjuntar y pegar con pegamento o cinta adhesiva transparente el troquel entero con su código de barras y en óptimas condiciones ,referido a cada envase dispensado. Si el envase no tuviera troquel o código de barras colocar la sigla S/T con conformidad del afiliado
  • Adjuntar a cada receta dispensada copia del ticket correspondiente.
  • Conformidad del afiliado o tercero que retira la medicación con firma, aclaración de la misma , DNI, domicilio y Nº de teléfono.
  • Sello de la farmacia y firma del farmacéutico.

Importante:

  • No se aceptan RECETAS CON PORCENTAJES MIXTOS.

Los medicamentos deben estar prescriptos en las recetas correspondientes según el porcentaje de cobertura.

  • Ambulatorio 50%
  • Hipoglucemiantes Orales 70%
  • Leches 100%
  • Plan Infantil 100%

Plan Materno 100%

Cantidad y tamaños en la prescripcion:

Limitación en cantidad y tamaño • Hasta 2 (dos) especialidades distintas por receta. • Hasta 2 (dos) unidades del tamaño chico o único por renglón, y hasta 1 (uno) unidad del tamaño mediano o grande por renglón • Cuando no se especifique tamaño: siempre se dispensará el menor, cuando indique Grande: se dispensará el tamaño siguiente al menor ,si equivoca la cantidad o contenido: se dará el inferior al indicado. Antibióticos inyectables: • Inyectables en envase mono dosis: hasta 5 (cinco) envases por receta.

Planes:

PLAN COBERTURA Productos Cubiertos

 

Ambulatorio 50% Segun validacion On Line
Hipoglucemiantes Orales 70% Segun validacion On Line
Plan Materno Infantil 100% Segun validacion On Line

 

Tratamientos Cronicos  Según % impreso Según producto preimpreso
Recetas autorizadas Segun autorizacion (*) Segun autorizacion

 

(*)Con autorización previa de la ObraSocial. Ver ítem Autorizaciones

PLAN MATERNO INFANTIL

  • Medicamentos: la cobertura es del 100%, en recetario Plan Materno o Plan Infantil y según validación on line

las recetas deberán validarse el mismo día en que se realizó la dispensa.

ENMIENDAS

Toda enmienda debe ser salvada por el médico,en caso de enmiendas en prescripción,y por el farmacéutico y afiliado o tercero interviniente,en caso de enmiendas en la dispensa. Incluso cambios de tinta.

Leches:

•  Córdoba Capital: la cobertura es del 50%, en recetario de leches y según validación on line. La provisión de las leches al 100% de cobertura la realiza la Obra Social de CPCE.

•  Interior de la provincia: la cobertura es del 100%, en recetario de Leches, no se valida On Line y cubre hasta 3 (tres) kilos de leche por mes hasta los 6 meses de vida. En patologías especiales y con AUTORIZACION de CPCE pueden expenderse hasta el año.

 

Bonificación:

11% del total facturado

Exclusiones:

No Posee. Según validación On Line

Reconocimientos:

04/07/2022

La obra social de CPCE reconoce la cobertura del 50% para los anticonceptivos orales DIVINA x 28 comp. YASMIN x 28 comp.  Y YASMINELLE x 28 comp , debe ser un envase por receta y una receta por mes . Las recetas no se deben validar sino que se presentan como NO VALIDADAS, declarándolas en declaración de dispensa.

Además se recuerda que pueden estar prescriptos

  • Rp,
  • Recetario oficial ambulatorio,
  • Recetario crónico.

Cualquiera de las 3 formas de prescripción es válida.

23/03/2022

La Obra Social Consejo Profesional de Ciencias Económicas informa que dejan de tener vigencia las recetas enviadas por medios electrónicos.

En el Plan Ambulatorio pueden recibirse prescripciones en recetarios oficiales de la Obra Social o Rp particulares.

 

En el resto de los planes (PMI, H.O., tratamientos crónicos), solo serán válidos los recetarios oficiales vigentes para cada segmento.

 

Recordamos que los recetarios “Crónicos” no deben validarse, se cargan en DDM, teniendo en cuenta el Producto, cantidad y % de cobertura preimpresos.

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13/08/2020

La Obra Social Consejo Profesional de Ciencias Económicas ratifica la autorización para la recepción de prescripciones en Rp. del médico o institucional (además del formulario preimpreso), así como también la recepción de solicitudes de PSICOTRÓPICOS en documentos original y copia, formato papel o digital.

27/07/2020  –

Se informa que la obra social de CPCE extiende el plazo de recepción de Rp particulares hasta próximo aviso.

02/06/2020

Se extiende el plazo para aceptar Rp hasta el 30/06/2020.

Rp-EMERGENCIA-SANITARIA (292 descargas)

11/05/2020

CPCE-Rp-EMERGENCIA-SANITARIA (205 descargas)

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Campaña Vacunación 2020

04/05/2020

Importante : La Obra Social CPCE informa que prorroga la Campaña de Vacunación Antigripal en Farmacias del Interior hasta el viernes 8 de Mayo 2020, por el faltante de vacunas que hubo.

17/04/2020

Informan desde la Obra Social CPCE que la campaña de vacunación antigripal en Cordoba Capital, está suspendida ya que lo están realizando desde la Delegacion.

Los bonos de Vacunación con obertura al 100% tienen validez en Farmacias del Interior.

CPCE_modelo-Orden-campaña-antigripal-2020 (117 descargas)

10/04/2020

La Obra Social CPCE informa que entre los días 13 al 30 de abril 2020 realizará la Campaña de Vacunación Antigripal.

En el interior las Farmacias expenderán las vacunas antigripales con cobertura del 100% solo si se presentan con el recetario expresamente autorizado a tal fin. Estas recetas NO se validaran y deberán ser presentadas junto al lote de recetas correspondiente a las ordenes sin validar, bajo declaración de dispensa.

En Córdoba Capital tendrán cobertura ambulatoria del 50% según validación on line.

modelo-Orden-campaña-antigripal-2020 (124 descargas)

28/03/2020

Remitimos comunicación del C.P.C.E. referente a la modalidad durante periodo de cuarentena obligatoria.

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Campaña Antigripal 2019

La Obra Social CPCE informa que entre los días 17 al 26de abril 2019 realizará la Campaña de Vacunación Antigripal.

Las Farmacias expenderán las vacunas antigripales con cobertura del 100% solo si se presentan con el recetario expresamente autorizado a tal fin .

Estas recetas NO se validaran y deberán ser presentadas junto al lote de recetas correspondiente a las ordenes sin validar.

En los casos en que las recetas no estén autorizadas tendrán cobertura ambulatoria del 50% según validación on line.

 

En el INTERIOR de la Provincia las farmacias expenderán las vacunas antigripales autorizadas por la ANMAT con cobertura del 100% solo si se presentan con el recetario expresamente autorizado a tal fin

 

 

La obra social de CPCE reconoce la cobertura del 50% para los anticonceptivos orales DIVINA, YASMIN Y YASMINELLE, debe ser un envase por receta y una receta por mes . Las recetas no se deben validar sino que se presentan como NO VALIDADAS.

 

IMPORTANTE

 

Se solicita que recuerden que los siguientes tipos de recetas NO deben ser validados y deben ser presentados a cada Entidad en lote aparte:

  • Recetas pre impresas de tratamientos crónicos
  • Recetas autorizadas por CPCE
  • Recetas de leches 100% del interior de la provincia

 

MEDICAMENTOS CUBIERTOS

COBERTURA: todo medicamento de venta bajo receta según validación on line para los planes Ambulatorio, Hipoglucemiantes Orales, Plan Infantil, Plan Materno, Leches al 50% en Córdoba Capital. Ver ítem autorizaciones para excepciones en cobertura de medicamentos

AUTORIZACIONES ESPECIALES

-Insulinas: cobertura 100% de todas las Insulinas solo en Farmacias del Interior de la provincia, en recetas expresamente autorizadas por las delegaciones de CPCE

-Internación: cobertura 100% con expresa autorización de la auditoría médica del CPCE, válida para cualquier medicamento

Excepciones a la norma en cuanto a cobertura de medicamentos y porcentaje de cobertura:  con expresa autorización de CPCE.

IMPORTANTE:

Antes de rechazar cualquier receta por favor comunicarse previamente con nuestro Dpto de Obras Sociales CFPC

Modelo de credencial / Imagen de recetario:
Presentación

11/11/2021

Importante

Recordamos información publicada por FLK sobre modificaciones en el validador de IMED y la emisión de un nuevo comprobante (CAD)

Es importante aclarar que continúa siendo obligatorio adjuntar la copia del ticket fiscal y el acondicionamiento de las recetas.

Nota-Modificaciones-en-Autorizador-Web_Junio-2021-2 (448 descargas) Autorizador-IMED-2021 (356 descargas)

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20/05/2021

Importante : Se informa que desde la Presentación 1208 (mayo 2021) se deben generar cierres de lote y cierre de presentación para la obra social  sin excepción. Todas las recetas validadas y las cargadas en DDM deben estar incluidas en los cierres de lotes, y los cierres de lote incluidos en los cierres de resumen de presentación del on line, de lo contrario serán devueltas sin previo aviso.

27/07/2020

Los recetarios crónicos (preimpreso nombre del producto y demás datos) de CPCE NO se validan en IMED . Solo deben validar las recetas según lo informado en la Normativa.

 

 PLANES Y COBERTURAS
PLAN COBERTURA PRODUCTOS CUBIERTOS
Ambulatorio 50% Según validación on line
Hipoglucemiantes Orales 70% Según validación on line
Plan Materno Infantil 100% Según validación on line
Tratamientos Crónicos Según % impreso Según producto preimpreso
Recetas autorizadas Según autorización (*) Según Autorización

Recordatorio: Información sobre CIERRE DE PRESENTACION IMED

Cierres-de-presentaciones-via-IMED (242 descargas)

23/09/2019

Importante

Queremos informarles que, a partir del 1° de octubre, la única vía para informar las recetas físicas   será el cierre de presentación On-Line a través de la página de IMED.

Este cierre incluirá las recetas validadas y las recetas informadas en la Declaración de la Dispensa Manual cuando, por algún motivo, las mismas no se hayan podido validar.

Todos los proveedores de sistemas de facturación podrán homologar sus sistemas, de modo que los datos viajen directamente al sistema on line y la farmacia no tenga que grabar de manera manual cada una de las recetas.

Para ello deberán comunicarse con la Mesa de Ayuda de IMED al 0810-122-7427

Actualización mediante, la recetas manuales se verán reflejadas en la Declaración de la Dispensa permitiéndoles realizar un único cierre On-Line.

Recuerde que deberá realizar cierres de lotes On-Line y de lotes informados en la Declaración de la Dispensa Manual y por último, el cierre de presentación.

Esta nueva normativa permitirá que cada receta presentada tenga su respaldo electrónico por lo que, en caso de diferencia entre lo presentado y lo liquidado, recibirá un detalle pormenorizado de lo auditado.

* En la página de Imed, se encuentran disponibles los instructivos de cierre de presentación y de carga en la Declaración de la Dispensa Manual.

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Nueva metodología de presentación  para recetas NO VALIDADAS

Se informa que a partir del 1º de Enero 2019 dejará de funcionar la aplicación SPRWeb. Las Farmacias deberán cargar las recetas no validadas de la Obra Social Consejo Profesional de Ciencias Económicas en Imed mediante “ declaración de dispensa “.

Las recetas cargadas mediante “declaración de dispensa” deberán continuar presentándose en bolsa aparte al igual que lo hacían cuando las cargaban en el Sprweb,

Recordar que todas las recetas que estén preimpresas en todos sus datos incluso la prescripción NO deben validarse y deben cargarse mediante declaración de dispensa.

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  • Mensual: El plazo máximo para presentar la receta dispensada es de 60(sesenta) días corridos desde la fecha de venta. Tener en cuenta las fechas de presentación del cronograma adjunto.
  • Cierre de lote y presentación on line según cronograma de todas las recetas validadas.
  • Cierre de lote y presentación Manual (SRPWeb) según cronograma de todas las recetas NO Validadas
  • Recetas Re facturadas en lote aparte.

VALIDACIÓN

  1. Ingresar a www.imed.com.ar.
  2. Deberán validarse TODAS las recetas excepto los siguientes casos:
  • Recetas pre impresas de tratamientos crónicos
  • Recetas autorizadas por CPCE
  • Recetas de leches 100% del interior de la provincia
  • Todas las recetas no validadas deberán cargarse en “ Declaracion de dispensa “

Las Farmacias deberán tener en cuenta lo siguiente al momento de validar la receta

  • Nº de Recetario: deberán colocar siempre el nº de recetario de forma correcta sin guiones ni barras
  • Para validar al afiliado deberá ingresar el NUMERO DE DOCUMENTO (DNI) que figura en el margen superior izquierdo del recetario debajo del nº de afiliado. NO INGRESAR Nº DE AFILIADO: -Si el nº de DOCUMENTO tiene 8 dígitos deberá colocar el nº de documento más 4 ceros a la derecha. Ej. 123456780000

-Si el nº de DOCUMENTO tiene menos de 8 dígitos deberá completar con 0 a la izquierda hasta completar los 8 dígitos más los 4 ceros a la derecha. Ejemplos: 012345670000 (Documento 7 dígitos) 0013234560000 (Documento 6 dígitos)

  • Matrícula del médico u odontología, deberán ingresar MN o MP si la matrícula corresponde a un médico y ON o OP si corresponde a un Odontólogo, N si es nacional, M si es provincial.

El sistema valida:

  • Vigencia del afiliado
  • Nº de Recetario en cuanto a rango y duplicidad
  • Reconocimento, % de cobertura y cantidad de los medicamentos
  • Validez del recetario entre fecha de emisión y dispensa.
  • No controla que las prescripciones estén realizadas en los recetarios correspondientes

Padrón de afiliados:

según VALIDACIÓN ON LINE

Padrón de prestadores:

según VALIDACIÓN ON LINE

Vademecum:

según VALIDACIÓN ON LINE

Carátula de presentación:

  • Cierre de Imed para todas las recetas validadas On Line

Observaciones:

No posee

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